Alumnos y docentes deben tramitar el permiso usar el transporte público

Docentes y personal no docente, alumnos y acompañantes quedan exceptuados de la prohibición del uso del transporte público de pasajeros. y deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación.

Aún continúa el debate por el inicio de las clases en la Argentina -17/02 en CABA y 1° de marzo en el resto del país-, pero el Gobierno nacional ya dispuso que tanto el personal docente como no docente y los alumnos y acompañantes quedan exceptuados de la prohibición del uso del transporte público de pasajeros. Pero para utilizarlos, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación.

Este certificado ya está disponible en la Aplicación Cuidar, que se descarga al celular. 

# Cómo obtener el permiso de circulación

> El trámite podrá hacerse a través de la app CuidAR, disponible para dispositivos con sistema Android, o por la página del gobierno, siguiendo con los pasos que indica el sistema.

> Primero, hacer click en el recuadro azul que dice «Tramita tu certificado único habilitante para circular».

> Aparecerá un mensaje que dice: «Primero informanos si tenés DNI». Si tenés, hacé click en «Sí» y luego en «Continuá».

> Seleccionar la provincia de residencia. Por ejemplo, «Ciudad Autónoma de Buenos Aires», y luego click en «Continuá».

> En este punto, deberás especificar por qué motivo estás solicitando el permiso: entre los motivos, ahora se agregó el «Tenés que ir a un establecimiento educativo a trabajar o estudiar».

> Completar el formulario, prestando atención a cada ítem que se solicita.

> Antes de finalizar, es necesario marcar la casilla que tiene la frase «No soy un Robot», y después hacer click en «Solicitar Certificado». Luego, aparecerá la confirmación de que la solicitud se procesó correctamente.

> Pasadas cuatro horas del trámite, se puede consultar el estado de la certificación en la misma web. Los pasos son similares al punto 1 y 2, pero deberás hacer click en el recuadro naranja que dice: «¿Pasaron 4 horas desde que lo tramitaste? Descargalo».

# Qué establece el decreto 67/2021

Según el decreto 67/2021, en todos los casos se deberá actuar de acuerdo a los protocolos debidamente aprobados por las autoridades correspondientes, tal como lo precisó el viernes en una entrevista radial el ministro de Educación, Nicolás Trotta.

Además, establece que seguirán vigentes los dos parámetros de riesgo sanitario (razón e incidencia) que deberán seguir teniendo en cuenta las provincias para la restricción de la circulación nocturna.

Las clases y actividades educativas no escolares presenciales se podrán reanudar, según los parámetros definidos por el Consejo Federal de Educación. Cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deciden la efectiva reanudación y, eventualmente, su suspensión de acuerdo con la situación epidemiológica.

En aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas a fin de mitigar la propagación del coronavirus, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales.

Docentes y personal no docente, alumnos y sus acompañantes quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros. y deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación.

El máximo de uso de los espacios cerrados es del 50% de su capacidad.

Para los establecimientos gastronómicos del AMBA, la ocupación de superficies cerradas será de un máximo del 30% del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.

Solo podrán realizarse actividades deportivas y artísticas con cumplimiento de las pautas de higiene y cuidado y respetando los protocolos de cada una de ellas: en lugares cerrados, la concurrencia no podrá ser superior a 10 personas