La región en Fase 1

Durante este sábado y domingo, la ciudad vuelve a funcionar en el marco del confinamiento estricto y habrá más restricciones a la circulación.

Tal como estaba plasmado en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Alberto Fernándezeste fin de semana del 5 y 6 de junio, La Plata y el resto del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) volvieron a Fase 1 con el objetivo de evitar grandes flujos de circulación de gente y así minimizar el riesgo de contagio por coronavirus.

Así las cosas, en la ciudad solo podrán abrir «supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza; farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas».

A su vez, con las nuevas restricciones solo se podrá realizar actividades de esparcimiento en las zonas de cercanía al hogar y desde las 18 hasta las 6 de la jornada siguiente no se podrá circular en la vía pública. El DNU establece además la «suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales».

Al igual que sucedió en el periodo confinamiento estricto de días atrás, solo 31 actividades serán consideradas esenciales que «quedan exceptuadas de las restricciones previstas» en lo relativo a la movilidad «y están autorizadas al uso del transporte público de pasajeros las personas que realizan las siguientes actividades y servicios». No obstante cabe recalcar que «los trabajadores y las trabajadoras, así como los empleadores y las empleadoras, deberán continuar efectuando sobre la remuneración imponible habitual los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la obra social y a los servicios jubilatorios».

Con el objetivo de hacer cumplir estas medidas, quienes sí tengan permitido moverse en la ciudad «deberán portar el ‘Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19′».

Además, el DNU aclara que exceptuados a las restricciones a la movilidad están las «personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes y personas que deban atender una situación de fuerza mayor».