Se prohíbe el uso de escapes libres, modificados o que provoquen explosiones
Por ordenanza se prohíbe el uso de escapes libres, modificados o que
provoquen explosiones
El Concejo Deliberante de Berisso aprobó por unanimidad la Ordenanza N° 3930/22,
elaborada por el Ejecutivo Municipal, que prohíbe la circulación en la vía pública de
automóviles, moto vehículos y cuatriciclos que tengan incorporados escapes libres,
modificados los de fabrica o posean cualquier dispositivo que provoque explosiones
o los denominados “cortes”.
La norma que ya fue promulgada y se encuentra en vigencia, permite aplicar
sanciones a los infractores con la demora del vehículo, a los efectos de la retención y
sustracción de los elementos que fueron declarados prohibidos para su uso.
Del mismo modo se aclara que para la restitución del vehículo a su titular, el mismo
deberá pagar la multa tipificada en Ordenanzas y leyes vigentes, debiendo instalar
al vehículo el caño de escape reglamentario y homologado al momento de su
entrega.
La Ordenanza faculta al Juzgado Administrativo de Faltas de Berisso a retener y
posteriormente ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal la destrucción de los
caños de escapes secuestrados a los efectos de sacar de circulación los mismos.
Se establece también que queda prohibida la venta o reventa de caños de escapes
no homologados, no originales de fabrica que correspondan al vehículo, moto
vehículo o cuatriciclo que se quieran incorporar al mismo. De no cumplir con esta
reglamentación, el Departamento Ejecutivo podrá proceder a la sanción
correspondiente de dicho local de ventas o taller mecánico, con la intervención de la
Dirección Seguridad Vial y Ciudadana para su verificación y de Control Urbano para
la aplicación de la misma.
Por otra parte, se da atribuciones al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a
realizar campaña de concientización y difusión de la nueva ordenanza, en un plazo
no mayor a 40 días a partir de la promulgación de la present