Cambios para solicitar el Certificado Único de Discapacidad (CUD)
Recientemente, el Gobierno estableció los nuevos criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento. Este martes 13 de agosto, se emitió en el Boletín Oficial a través de la Resolución 1654/2024, que ministerio de Salud también estableció que la tramitación sea voluntaria y que la evaluación sea realizada por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde o no su emisión.
Este documento público permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones anteriormente previstas en las leyes nacionales 22.431 y 24.901, de acuerdo con la explicación oficial. «Se podrá solicitar la actualización del CUD cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás», resalta la normativa.
Criterios para la emisión del CUD
Según detalla el anexo de la Resolución 1654/2024, firmada por el director ejecutivo de la ANDIS, Diego Orlando Spagnuolo, existen tres puntos destacados entre los criterios para la emisión del CUD. El primero de ellos contempla las «Renovaciones previas», es decir, a «personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF)».
En segundo lugar, menciona a la «Persona Mayor», es decir, aquella que «al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años».
El tercer punto, refiere a quienes tienen «Necesidad de equipamiento permanente». «Personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales», detalla el documento.
Quiénes pueden solicitar el CUD
Según establece la ley nacional, el certificado es un documento público válido en todo el país que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas.
El trámite para obtenerlo puede realizarlo cualquier persona que posea una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que implique «desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral». Estas alteraciones pueden estar vinculadas a áreas como:
- Intelectual y Mental
- Visual
- Motor
- Auditivo
- Respiratorio
- Cardiovascular
- Renal urológico
- Digestivo/Hepático
Beneficios que tiene el CUD
El CUD es un documento público válido en todo el país que le permite las personas con discapacidad ejercer sus derechos.
Algunos de ellos son:
- Salud: cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos)
- Transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
- Asignaciones familiares: ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por conyugue con discapacidad.
- Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros). En estos casos la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa.
- Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos, independientemente del vehículo en el que te traslades.
¿Cómo obtener el CUD?
Para tramitar el certificado es necesario ingresar a la sección de la Agencia Nacional de Discapacidad del sitio web oficial del gobierno argentino. Allí se deberán responder unas preguntas, entre ellas el tipo de trámite, edad, origen del problema de salud y provincia y localidad de residencia, y a continuación se detallarán los pasos a seguir para cada caso. Tras realizar una solicitud, una Junta Evaluadora interdisciplinaria analiza y determina si corresponde la emisión del Certificado Único de Discapacidad.