Se prohíbe el uso de escapes libres, modificados o que provoquen explosiones

Por ordenanza se prohíbe el uso de escapes libres, modificados o que

provoquen explosiones

El Concejo Deliberante de Berisso aprobó por unanimidad la Ordenanza N° 3930/22,

elaborada por el Ejecutivo Municipal, que prohíbe la circulación en la vía pública de

automóviles, moto vehículos y cuatriciclos que tengan incorporados escapes libres,

modificados los de fabrica o posean cualquier dispositivo que provoque explosiones

o los denominados “cortes”.

La norma que ya fue promulgada y se encuentra en vigencia, permite aplicar

sanciones a los infractores con la demora del vehículo, a los efectos de la retención y

sustracción de los elementos que fueron declarados prohibidos para su uso.

Del mismo modo se aclara que para la restitución del vehículo a su titular, el mismo

deberá pagar la multa tipificada en Ordenanzas y leyes vigentes, debiendo instalar

al vehículo el caño de escape reglamentario y homologado al momento de su

entrega.

La Ordenanza faculta al Juzgado Administrativo de Faltas de Berisso a retener y

posteriormente ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal la destrucción de los

caños de escapes secuestrados a los efectos de sacar de circulación los mismos.

Se establece también que queda prohibida la venta o reventa de caños de escapes

no homologados, no originales de fabrica que correspondan al vehículo, moto

vehículo o cuatriciclo que se quieran incorporar al mismo. De no cumplir con esta

reglamentación, el Departamento Ejecutivo podrá proceder a la sanción

correspondiente de dicho local de ventas o taller mecánico, con la intervención de la

Dirección Seguridad Vial y Ciudadana para su verificación y de Control Urbano para

la aplicación de la misma.

Por otra parte, se da atribuciones al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a

realizar campaña de concientización y difusión de la nueva ordenanza, en un plazo

no mayor a 40 días a partir de la promulgación de la present